miércoles, 9 de septiembre de 2015

Audiencia vía Skype será con orden judicial

El juicio oral del caso Rózsa se trabó ayer nuevamente debido a que la conexión vía Skype desde la casa del Gral. Gary Prado Salmón se pretendía hacer con una simple carta y no con una orden judicial, como corresponde en caso de un domicilio privado.

La defensa del militar observó la ilegalidad del proceder de Sixto Justo Fernández, titular del Tribunal Primero de Sentencia de La Paz; por este motivo familiares del acusado del caso Rózsa impidieron la instalación de los dispositivos de Internet en el domicilio del general Prado Salmón. Aunque sí les permitieron el ingreso a los técnicos de Entel al inmueble, a pesar de que la ley dice que es a través de una orden de allanamiento.

Se pone en riesgo su salud. El abogado Gary Prado Araúz explicó que se acatará la orden judicial, pese a que la participación de su padre en la audiencia, vía Skype, pone en riesgo su salud.

Aclaró que no se puede entrar a una casa con una simple carta, “porque es como si le estuvieran pidiendo permiso para afilar la guillotina y cortarle la cabeza”.

Argumentó que a pesar de que se pidió apartar del caso al general Prado Salmón hasta que quede recuperado de la cirugía que se sometió el pasado 20 de agosto, el juez hizo caso omiso.

Según las prescripciones médicas, el paciente no puede estar sentado porque esta posición puede provocar infección en el glúteo y el muslo izquierdo que fueron sometidos a una cirugía. Además, el acusado como parte importante en el contrainterrogatorio del testigo del Ministerio Público, debe estar presente y no ser monitoreado a través de una videoconferencia.

Se espera que en el transcurso de las próximas horas, el juez emita una resolución para habilitar la conexión a Skype en la casa de Prado, ya que la audiencia quedó suspendida hasta las 15:30.

Fiscal pidió detención preventiva. Debido a los problemas legales para instalar el Skype, el titular de la comisión de fiscales, Sergio Céspedes, hizo un polémico pedido al tribunal al solicitar revocar las medidas sustitutivas al Gral. Prado Salmón y extender orden de detención preventiva al penal de Palmasola.

El representante del Ministerio Público argumentó su pedido en un supuesto incumplimiento de Prado a una resolución judicial. Incluso puso en duda los informes médicos donde se recomienda que Prado no permanezca sentado al menos durante un mes. El juez Fernández no se pronunció sobre tal solicitud.

El abogado Prado Araúz lamentó las declaraciones del fiscal Céspedes, ya que no es especialista para cuestionar un certificado médico. Además, en el hipotético caso cambiarle la medida sustitutiva a su padre, obligatoriamente el Tribunal debe fijar una nueva fecha para esa audiencia específica y con la presencia del acusado.

Audiencia en el domicilio. El lunes la Fiscalía había sugerido que la audiencia con todo el tribunal, incluidos acusados y abogados, se instale en el propio domicilio del Gral Prado Salmón. Sin embargo, los abogados Gary Prado Araúz y Otto Ritter Méndez, calificaron descabellada la iniciativa porque atenta contra la dignidad del procesado. Sostienen que la habitación en que se encuentra el militar es de cuatro por cuatro y no entrarían las partes que conforman el estrado y menos los otros coacusados.

Según el CPP
Lo que dice la norma sobre el domicilio

Código de procedimiento penal (CPP). art. 180. Cuando el registro deba realizarse en un domicilio se requerirá resolución fundada del juez y la participación obligatoria del fiscal. Queda prohibido el allanamiento de domicilio o residencia particular en horas de la noche, este únicamente podrá efectuarse durante las horas hábiles del día, salvo el caso de delito flagrante. Se entiende por horas de la noche el tiempo comprendido entre las diecinueve horas y las siete del día siguiente.

ART. 181. Para realizar el registro, la autoridad podrá ordenar que durante la diligencia no se ausenten las personas encontradas en el lugar o que comparezca inmediatamente cualquier otra.

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