Un acta de reunión del Directorio del ex Fondo de Desarrollo Indígena Originario Campesino (Fondioc), que se realizó en Cochabamba el 30 y 31 de marzo de 2009, revela que cuatro ministerios firmaron el documento en el que se consensuó el “cuoteo” de cargos en la liquidada entidad.
La validez del documento de 22 páginas, fue certificada por el notario de fe pública, Guillermo Vásquez Ochoa, de Primera Clase No. 34 del Distrito Judicial de Cochabamba, quien participó en dicho encuentro, al igual que representantes de los ministerios de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, de Desarrollo Rural y Tierras, y de la Presidencia.
En el documento se hace notar la ausencia del Ministerio de Desarrollo Productivo.
La reunión fue presidida por la entonces ministra de Desarrollo Rural en calidad de presidenta del directorio del Fondioc, Julia Ramos. Se convocó a dicho encuentro para aprobar el Reglamento Interno y la elección del Director Ejecutivo del Fondo Indígena, entre otros temas.
También se aprovechó la reunión para determinar las “cuotas” de cada organización social en las direcciones y unidades de proyectos, según rotación. Este punto fue el más debatido, puesto que los guaraníes no estaban de acuerdo con la estructura, por lo que la reunión duró dos días. Pero los participantes del encuentro llegaron a un consenso: Directora Ejecutiva corresponde a la Fnmcbs (Federación de Mujeres Campesinas Bartolina Sisa hoy Confederación); Dirección de Asesoría Jurídica, a la Cidob (Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia); Dirección Administrativa y Financiera, Csutcb (Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia); Dirección de Proyectos, Conamaq (Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu), entre los más importantes.
Se eligió como directora ejecutiva del Fondioc a la “Bartolina”, Elvira Parra, hoy detenida junto con Ramos y otras personas, por incumplimiento de deberes y otros delitos.
Reglamento
Según el acta, el Reglamento Interno de 26 artículos, que ya había sido elaborado con anterioridad, sufrió algunas modificaciones y fue finalmente aprobado en consenso, entre los miembros del directorio. Al menos 11 artículos fueron cambiados.
El undécimo, que no fue modificado, hace referencia a la representación del Estado en la composición del directorio.
Se determinó que el control social sea ejercido por Asamblea General, compuesta por las ocho organizaciones campesinas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario